Micelio
Auto7 de septiembre de 2023

A- de 2023

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Rhenals Perez Lina Margarita·Demandado Ese Hospital Local De San Fernando Bolivar

Tema · dato duro
Demanda Laboral Promovida Por Empleado Público En Contra De Empresa Social Del Estado.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Conocimiento de demandas laborales promovidas por empleados públicos contra empresa social del estado
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Segundo Promiscuo del Circuito de Mompox (Bolívar) y el Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de Magangué (Bolívar).

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en el litigio que se enmarca en la demanda ordinaria laboral presentada por una ciudadana en contra de la Empresa Social del Estado - Hospital Local San Fernando.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, se reiteró la Regla de decisión del Auto 796 de 2021 en virtud de cual se estableció que, la jurisdicción contencioso administrativa es la competente para conocer de una demanda laboral contra una Empresa Social del Estado promovida por un empleado público, situación jurídica que se constata con las funciones que desempeña en la entidad acorde con lo previsto en la Ley 10 de 1990.

Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de Magangué para lo de su competencia, y para que comunique la presente decisión a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Segundo. Promiscuo del Circuito de Mompox y el Juzgado
  3. Primero. Administrativo Oral del Circuito de Magangué, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  4. Primero. Administrativo Oral del Circuito de Magangué es la autoridad competente para conocer la demanda laboral promovida por la señora Lina Margarita Rhenals Pérez en contra del Hospital Local San Fernando E.S.E.
  5. Segundo. REMITIR el expediente CJU-4424 al Juzgado
  6. Primero. Administrativo Oral del Circuito de Magangué para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado
  7. Segundo. Promiscuo del Circuito de Mompox.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.